- Retención Ganancias - Decreto 394/2016

TANGO GESTIÓN - SUELDOS ASTOR.

Parametrización a Realizar.

(Información provista por Axoft Argentina).

1) Modificar los Topes de Deducciones 2016.
Para ello hay que ingresar los nuevos valores detallados en el citado Decreto desde: SUELDOS ASTOR / ARCHIVOS / IMPUESTO A LAS GANANCIAS / TOPES DE DEDUCCIONES.
Estos valores hay que ingresarlos en la columna "IMPORTE (1-2)" de la solapa RG3770
Recuerde que los datos a ingresar debe ser mensualizados y acumulativos mes a mes. Sugerimos ingresar a partir de Febrero, dejando Enero con los valores anteriores. En caso que usted deba reliquidar Enero por algún motivo, la liquidación le daría diferente si modificase los topes para dicho mes.

Ejemplo sobre el dato Mínimo no Imponible (aplicable a los demás valores modificados por el decreto)

Febrero 2016 : $7053,00 ($42318 / 12 meses * 2 meses)
Marzo 2016 : $10579.50 ($42318 / 12 * 3 meses)
Y así sucesivamente.


2) Cancelar Cálculo Conceptos Auxiliares.

SUELDOS ASTOR / ARCHIVOS / LIQUIDACION / CONCEPTOS DE LIQUIDACION.

Solapa "Parametrización". Destildar "Aplica a todos los Legajos".

Liquidar impuesto a las ganancias, sin agregar los conceptos auxiliares a la liquidación oportunamente implementados para cumplir con el decreto 1242/2013.

De acuerdo a nuestros instructivos de puesta en marcha los mismos son:

95004 Selección de Topes de Deducciones
95005 Incremento Deducción Especial
95006 Calculo Interno de Impuesto
95007 Cálculo Interno de Ganancias Original
40507 Compensador Decreto 1242/2013
40508 Beneficio decreto PEN 1242/2013

NOTA: Es importante indicar, que estos cambios solo se deben hacer en liquidaciones que correspondan al periodo fiscal 2016. Para realizar la liquidación Anual de Ganancias para el periodo 2015, SI se deberá tomar en cuenta estos conceptos auxiliares arriba mencionados.